Código deontológico de un procurador

Código deontológico de un procurador

La figura de los procuradores de Denia es clave dentro de la cadena de la jurisdicción que forma parte de nuestro sistema jurídico actual y a pesar de ello, son muchos los que desconoce cuáles son las ventajas de tener su ayuda en cualquiera de los procesos judiciales existentes.

Su propio código deontológico

Los procuradores cuentan también con su código deontológico propio por el que deben regirse para ejercer su vocación bajo los estándares necesarios de profesionalidad. Dicho código se aprobó el 17 de diciembre del 2010 en el Consejo General de Procuradores de España y algunos de los criterios por los que tienen que regirse las actuaciones de un procurador está la obligación de conocimiento. En el artículo 3 se recoge que todo colegiado está obligado a tener un completo y correcto conocimiento de las Normas Deontológicas de Actuación Profesional.

El artículo 4 dice que en ningún momento se puede alegar la ignorancia o desconocimiento como excusa para el cumplimiento correcto de lo establecido en estas normas. Por eso, la infracción de los reglamentos será motivo de una sanción disciplinaria. Así mismo, y tal como reza en el artículo 5, todo procurador tiene que cerciorarse de comportarse y actuar siempre con veracidad y honradez en cada una de sus actuaciones profesionales. El artículo 21 habla de la obligación de los procuradores de ofrecer a sus clientes sus experiencias y conocimientos, de darles los consejos pertinentes y de dedicarles el tiempo que sea necesario poder realizar sus labores profesionales de manera perfecta.